DECLARACIONES ANUALES DE BIENES Y ACTIVIDADES de REPRESENTANTES LOCALES

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 8.1h) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 13.3 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón​

Los representantes locales, así como los miembros no electos de la Junta de Gobierno Local, formularán declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos. Las declaraciones anuales de bienes y actividades serán publicadas con carácter anual, y en todo caso en el momento de la finalización del mandato, en los términos que fije el Estatuto Municipal.

Apartado en elaboración pendiente de su publicación.

Última actualización el jueves, 21 de marzo de 2024 a 11:42