DECLARACIONES ANUALES DE BIENES Y ACTIVIDADES de REPRESENTANTES LOCALES

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 8.1h) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 13.3 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón​

Los representantes locales, así como los miembros no electos de la Junta de Gobierno Local, formularán declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos. Las declaraciones anuales de bienes y actividades serán publicadas con carácter anual, y en todo caso en el momento de la finalización del mandato, en los términos que fije el Estatuto Municipal.

Apartado en elaboración pendiente de su publicación.

Última actualización el martes, 5 de noviembre de 2024 a 13:11